bookmark_borderEl laboratorio social de Facebook y algunos enlaces.


InvestigacionLupaLas noticias sobre el experimento de Facebookcon unos 700.000 usuarios se siguen sucediendo. Se dedicaron a alterar durante una semana el algoritmo que selecciona las noticias del muro de cada usuario para comprobar si estas reacciones eran contagiosas. El asunto se despachó con unas disculpas, y pelillos a la mar.

Sin embargo, el asunto tiene más profundidad del que puede parecer a primera vista. Hace falta primero ponerse en antecedentes con la siguiente noticia de junio de 2012, de la prestigiosa MIT Technology Review:

What Facebook knows (MIT Technology Review)
Narra cómo un completísimo equipo de investigadores interno de Facebook se dedica a escudriñar en el comportamiento humano. ¿Para qué? Entre otras cosas, para que la compañía gane más dinero. El conocido “Data Science Team” , con 12 personas por aquél entonces, lo componen sociólogos y expertos en datos que navegan en la mayor base de datos sobre el comportamiento humano que ha existido en la historia de la Humanidad.

Muy lógico. No sería muy inteligente desaprovechar el conocimiento que puede generarse investigando la información que contienen los servidores de la empresa. Personas, sus relaciones, localizaciones, gustos… y en tiempo real. La cuestión es que llevan haciendo experimentos desde hace mucho tiempo, y no levanta muchas preocupaciones. En la siguiente noticia de Forbes podemos ver algunos más.

10 other Facebook experiments on users, rated on a highly-scientific WTF scale (Forbes)
Kashmir Hill hace una relación de 10 experimentos ordenados en una escala de mayor a menor impacto. Hay alguno curioso, como el que pretendía saber si los usuarios responden a una petición de ayuda. Y algunos preocupantes, como el que buscaba conocer si los usuarios son influenciables en sus decisiones de voto en plena campaña electoral.

Las siguientes noticias ya no tienen nada que ver con el laboratorio:

Data retention held unconstitutional in Slovenia (Digital Rights Ireland)
La Corte Constitucional de Eslovenia ha declarado que su ley de retención de datos es inconstitucional, y ha ordenado el borrado de todos los datos recogidos en el período en el que ha estado vigente dicha ley. El Tribunal de Justicia  de la Unión Europea declaró en abril que la Directiva de retención de datos es inválida, y también otros países habían hecho lo propio con sus leyes (Austria, Bulgaria, Chipre, República Checa, Alemania…). Tendríamos que preguntarnos qué pasa en España.

Una lista trata de recoger los resultados borrados de las búsquedas de Google (El Mundo)
Un informático, de pura casualidad, escogió para una de sus prácticas semanales el asunto del derecho al olvido. Publicó una página web donde pueden listarse los enlaces que siguen estando activos en sus fuentes originales, y sin embargo, Google ha tenido que eliminarlos de sus resultados de búsqueda. Una demostración más de lo absurdo que resulta ese  pretendido derecho en la práctica.

Whatssapp, y las fotografías de sus usuarios
David González (NT Abogados) informó en su Twitter de la existencia de la página web PhotoWhatsapp. Tengo que decir que ha sido la sensación de amigos y conocidos: que teclees un número de móvil, y que si tiene instalado la archifamosa aplicación, te salga la fotografía del perfil… simplemente no tiene precio. Dejamos aparte las cuestiones de seguridad y demás, ¿no? 

bookmark_borderLinkedIn cede información a terceros sin consentimiento de sus usuarios

LinkedInParece que no se va a escapar ninguna tecnológica ni red social de cometer alguna pifia con los datos… LinkedIn fue denunciada el mes pasado por violar la privacidad de sus usuarios. El ciudadano de San Francisco, Kevin Low, demandó a la empresa por ceder información personal a diversos anunciantes sin su permiso, entre los que se encuentran IMR/Nielsen, Quancast, Scorecard Research y Doubleclick. Según la demanda (vía Eric Goldman), LinkedIn asocia los identificadores únicos de sus usuarios gracias a las cookies y “beacons” de terceras empresas, y hace paquetes de información del siguiente modo:

1.- Al registrarse en el servicio, asigna a cada miembro un número único (ID) que se asocia al nombre del usuario

2.- Las páginas del sitio de LinkedIn enlazan y transmiten el ID gracias a las diferentes cookies, puesto que hay colocados “beacons” de terceros en éstas.

3.- LinkedIn envía ese paquete de información no sólo una vez, sino que lo va poniendo al día cada vez que se entra en el servicio y se visitan esas páginas. Y de dos formas diferentes: una, enviando las cabeceras (“HTTP Referer”), que indican qué página está visitando el usuario, y otra, añadiendo explícitamente la ID del usuario como un parámetro URL cuando se solicita una página.

Lo cierto es que la demanda está muy bien fundamentada, y de entre sus razonamientos, me quedo con el siguiente:

LinkedIn ha cedido información personal identificable del Sr. Low en conexión con su historial de navegación sin su consentimiento. Si se le hubiera dado ocasión, el Sr. Low no hubiera permitido que se cediera su historial a terceras partes, sintiéndose humillado y avergonzado por la divulgación de su historial. Por otra parte, el historial de navegación del Sr. Low es una valiosa propiedad personal con un valor de mercado. Como resultado de este comportamiento ilegal, se ha utilizado este historial sin dar al Sr. Low la compensación que se merece.

¿Podemos considerar el historial de navegación como una propiedad? Más que una propiedad, ya estamos hablando de una mercancía de tráfico común para las páginas web y las empresas anunciantes. En este caso ya incluso no hacen falta grandes esfuerzos para identificar a la persona a la que pertenece el historial de navegación, porque ya la red social se encarga de enviar esa información.

Lo más penoso es que LinkedIn indica en su política de privacidad que “la privacidad de los usuarios es muy importante para LinkedIn. No vendemos, alquilamos ni ofrecemos de modo alguno sus datos personales a terceros con fines publicitarios”. Pues menos mal. Hay que recordar que les ocurre lo mismo que en el caso de Google Buzz: si LinkedIn no se hubiera comprometido a nada, no estaría obligado a nada. Pero al afirmar que no se ceden datos a terceros, cualquier acción contraria a ese compromiso puede considerarse como una práctica engañosa.

Con que se hubiera indicado lo que se hace realmente, y con qué información, no hubiera sucedido nada en absoluto. Los usuarios hubieran estado informados sobre las finalidades para las que se emplean tanto sus perfiles como su historial de navegación. Desconozco qué grado de impacto hubiera tenido sobre el número de usuarios de LinkedIn, pero apostaría a que casi ninguno: recordemos que los usuarios no leen esas políticas de privacidad, y si lo hicieran, costaría demasiado