El 23 de febrero la Agencia Española de Protección de Datos sancionó a la Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Comisiones Obreras con 6.000 euros de multa por infringir el artículo 9 de la LOPD, es decir, por no haber implementado las medidas de seguridad oportunas sobre ficheros que contienen datos de carácter personal.
En uno de los listados en formato Access descargados a través de Emule figuraban la situación profesional de los afectados, su condición de funcionarios, el cuerpo de pertenencia, puesto desempeñado, centro de trabajo y formación, entre otros. Debido a esto la Agencia afirma que se permite la obtención de una evaluación de la personalidad de los titulares de los datos, y que las medidas de seguridad a aplicar al fichero hubieran debido ser las de nivel medio.
La Agencia niega una cualificada disminución de la culpabilidad por la implantación de las medidas de seguridad por el responsable de los ficheros una vez se ha detectado la infracción, y sin embargo sí accede a aplicarla basándose en lo siguiente:
Fundamento de Derecho VI, párrafo cuarto
… hay que considerar que la FSAP-CCOO, con objeto de remediar en el futuro la conducta imputada, no se ha limitado a la estricta elaboración del citado Documento de Seguridad, sino que ha desarrollado una extensa actividad para evitar la comisión de infracciones en materia de protección de datos de carácter personal impartiendo instrucciones a las diversas unidades y federaciones que la integran, incluso a nivel de secciones sindicales y responsables locales, o mediante acciones formativas, y ha modificado el sistema establecido para recabar los datos de los trabajadores que pretendan participar en los cursos de formación contínua que convoca y su tratamiento posterior.
Es decir, divulgar instrucciones y formar al personal, también incluido entre las obligaciones del responsable del fichero (artículo 9.2 del vigente Reglamento de Medidas de Seguridad, in fine) sí que son apreciadas como causa de disminución de la culpabilidad. Manda huevos… luego dicen que las resoluciones son igual para todos.
Predigo que no será tampoco la última sanción que se impone por una fuga de ficheros a través de programas P2P. Basta con teclear en Emule palabras como “listado”, “fichero datos”, o expresiones similares para obtener listados que contienen datos personales. Otra cosa es que se denuncie.